Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: No. De cargas Denominación del empleo. Clase Grado Sueldo básico Gerente 1 Gerente VI 42 $ 18.000 1 Secretario Ejecutivo IV 22 6 000 Subgerencia Administrativa. 1 Subgerente II 33 12.600 1 Contador VI 26 8.400 1 Secretaria Bilingüe IV 22 6.000 1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.120 1 Chofer. V 11 2.120 1 Auxiliar de Servicios Generales V 9 1.750 Subgerencia Técnica 1 Subgerente II 33 12.600 1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420 1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.120
Decreto 1127 de 1975 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1127 de 1975 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal Administrativo de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena, determinada por el Acuerdo número 0027 de marzo 11 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.