Micelio

Artículo 4

Ley 254 de 1938 · Por la cual se dispone la fundación de la Escuela de Bellas Artes Antonio Nariño, en Pasto; se reforma el artículo 6° de la Ley 6 de 1937; se provee a la terminación de dos edificios destinados a la segunda enseñanza; se destinan unas partidas para construcción de escuelas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los locales construídos por el Gobierno en la ciudad de Túquerres, procederá inmediatamente a organizar dos escuelas modelos, de varones y rnujeres respectivamente,nombrando el personal,fijando los sueldos y arbitrando todos los gastos que demande la organización y sostenimiento de dichos establecimientos.

Parágrafo

-Para proveer al mobiliario y elementos de las escuelas destruida en Nariño, con motivo de los terrremotos de 1935-1936, aprópianse las siguientes sumas:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 254 de 1938