Funciones de la Dirección de Relaciones Intersectoriales. La Dirección de Relaciones Intersectoriales, tendrá además de las funciones que le señalen las disposiciones legales especiales y el artículo 64 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Coadyuvar en la vigilancia en el Congreso el curso de los proyectos de ley relacionados con el ramo.
Preparar las observaciones que se consideren necesarias a los proyectos de ley o actos legislativos.
Analizar la agenda legislativa del Congreso, con el fin de determinar la incidencia que tengan en el sector los proyectos de ley en trámite.
Hacer seguimiento a las citaciones que le formulen al Ministro las comisiones o las plenarias del Congreso y preparar las respuestas a los cuestionarios respectivos.
Preparar la memoria anual que debe presentar el Ministro al Congreso de la República.
Coordinar con la Presidencia de la República, los Ministerios y Departamentos Administrativos los temas relativos al cumplimiento de la misión del sector defensa.
Coordinar con los Ministerios del Interior, de Relaciones Exteriores y del Medio Ambiente, los asuntos relativos a la soberanía territorial, al mantenimiento del orden público y al control del medio ambiente, respectivamente.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.