Micelio

Artículo 65

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PRESCRIPCION DE LAS SANCIONES. El término para imponer las sanciones diferentes a las originadas en el no pago de los aportes, a que se refiere el presente Decreto, prescribirá en tres (3) años contados partir del último acto constitutivo de la conducta sancionable que hubiere sido conocido por el Instituto a través de la investigación respectiva. TITULO IV. INTERESES CORRIENTES Y MORATORIOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2665 de 1988