Micelio

Artículo 1

Decreto 715 de 1964 · por el cual se comisionan unos funcionarios del Ministerio de Salud Pública para que adelanten estudios de especialización en el Exterior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Comisiónase a los siguientes funcionarios dependientes del Ministerio de Salud Pública, a quienes la Organización Panamericana de la Salud, Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud, les ha otorgado becas, de acuerdo con el Ministerio, para que adelanten estudios de especialización fuera del país: Al doctor Francisco Urrego, Médico Director del Distrito Integrado de Salud de Cúcuta, quien devenga en la actualidad una asignación mensual de $ 3.000 moneda corriente, y quien realizará estudios de Salud Pública con énfasis en Administración Hospitalaria, en la Escuela de Salud de Chile, por el término de 16 meses, a partir del 1° de marzo del año en curso. A la señorita Libia Mejía Mejía, enfermera de Salud Pública de la Secretaria Departamental de Salud Pública de Caldas, quien devenga en la actualidad una asignación mensual de $ 2.320 moneda corriente, y que realizará estudios de Administración y Supervisión de Servicios de Enfermería en la Escuela de Salubridad de Santiago de Chile, por el término de 12 meses, a partir del 1° de marzo del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 715 de 1964