Micelio

Artículo 39

Para Mantener El Equilibrio Del Presupuesto Durante Su Ejecución, El Secretario De Hacienda Preparará Cada Tres Meses Un Programa De Las Sumas Que Puedan Girarse Por Las Distintas Dependencias, Con Cargo A Sus Respectivas Apropiaciones Para Gastos, Mediante La Asignación De Partidas Globales, Teniendo En Consideración Las Solicitudes Que Las Secretarías O Demás Unidades Ejecutoras, Formulen, El Producto De Las Renta E Ingresos Durante Los Meses Corridos Del Ejercicio, La Viabilidad De Los Recursos Del Crédito Que Se Hubieren Incluido En El Presupuesto Y Las Necesidades Del Equilibrio Presupuestal

Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para mantener el equilibrio del Presupuesto durante su ejecución, el Secretario de Hacienda preparará cada tres meses un programa de las sumas que puedan girarse por las distintas dependencias, con cargo a sus respectivas apropiaciones para gastos, mediante la asignación de partidas globales, teniendo en consideración las solicitudes que las secretarías o demás unidades ejecutoras, formulen, el producto de las renta e Ingresos durante los meses corridos del ejercicio, la viabilidad de los recursos del crédito que se hubieren incluido en el presupuesto y las necesidades del equilibrio presupuestal. Tal programa será sometido a la aprobación del Consejo de Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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