Micelio

Artículo 1

Ley 146 de 1938 · por la cual se aclara la Ley 62 de 1879, sobre adjudicación de baldíos al Municipio de Mompós, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la adjudicación de los terrenos baldíos cedidos al Municipio de Mompós, por medio de la Ley 62 de 1879 , en el parágrafo 4º del artículo lo, no son necesarias las formalidades establecidas en el Decreto del Ejecutivo Nacional número 550 de 1880, en su artículo 2º, y en consecuencia el Gobierno procederá a hacer la adjudicación determinada uña vez sancionada esta Ley.

Parágrafo 1

Los colonos que en el momento de entrar en vigencia esta Ley, estén explotando económicamente porciones de los baldíos de que trata la Ley 62 de 1879 , tendrán derecho a retener, y a que se les adjudique gratuitamente la parte explotada y otro tanto más por lo menos como complemento de la misma explotación.

Parágrafo 2

Los derechos que se le conceden a los colonos en este artículo quedan sometidos a la Ley 200 de 1936 y a las demás disposiciones que rigen la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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