Son Funciones De La Sección De Reclutamiento Y Adiestramiento: A) Colaborar Con La Comisión De Personal En Los Estudios Sobre Las Necesidades De Personal Administrativo, Científico, Técnico Y Auxiliar; B) Elaborar Y Presentar Proyectos De Programas De Reclutamiento, A Corto Plazo, Con Miras A Satisfacer Dichas Necesidades; C) Reclutar El Personal Del Ministerio; D) Organizar En La Escuela Superior De Administración Pública, Y Mediante Contratos O Arreglos En Otros Centros Docentes, Los Programas De Adiestramiento De Personal Reclutado Y De Personal En Servicio, Tanto En El Campo Administrativo Como En El Técnico; E) Postular, Ante La Comisión De Personal, Los Candidatos Para Ascensos, Según Los Reglamentos; F) Promover Actividades Culturales Y De Bienestar Social De Personal
Decreto 1711 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se determinan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones de la Sección de Reclutamiento y Adiestramiento
a)
Colaborar con la Comisión de Personal en los estudios sobre las necesidades de personal administrativo, científico, técnico y auxiliar;
b)
Elaborar y presentar proyectos de programas de reclutamiento, a corto plazo, con miras a satisfacer dichas necesidades;
c)
Reclutar el personal del Ministerio;
d)
Organizar en la Escuela Superior de Administración Pública, y mediante contratos o arreglos en otros centros docentes, los programas de adiestramiento de personal reclutado y de personal en servicio, tanto en el campo administrativo como en el técnico;
e)
Postular, ante la Comisión de Personal, los candidatos para ascensos, según los reglamentos;
f)
Promover actividades culturales y de bienestar social de personal.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.