Micelio

Artículo 1

Ley 603 de 2000 · Por la cual se modifica el artículo 47 de la Ley 222 de 1995

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 47 de la Ley 222 de 1995 , quedará así:

"Artículo 47. Informe de gestión. El informe de gestión deberá contener una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación económica, administrativa y jurídica de la sociedad.

El informe deberá incluir igualmente indicaciones sobre:

1.

Los acontecimientos importantes acaecidos después del ejercicio.

2.

La evolución previsible de la sociedad.

3.

Las operaciones celebradas con los socios y con los administradores.

4.

El estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la sociedad.

El informe deberá ser aprobado por la mayoría de votos de quienes deban presentarlo. A él se adjuntarán las explicaciones o salvedades de quienes no lo compartieren".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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