Micelio

Artículo 6

° Cuando Los Miembros De La Presente Comisión Deban Desplazarse A Lugar Diferente Del Habitual De Trabajo, En Funciones Referentes A La Comisión, Tendrán Derecho Al Reconocimiento De Viáticos Y Pasajes A Que Haya Lugar, De Acuerdo Con Los Decreto 10 De 1992 Y 41 De 1993, Según El Caso, Debiendo Para Cada Comisión Procederse A La Elaboración De La Respectiva Disposición

Decreto 711 de 1993 · por medio del cual se crea la Comisión de Vecindad e Integración Colombo-Brasileña y se designan sus miembros por parte de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando los miembros de la presente Comisión deban desplazarse a lugar diferente del habitual de trabajo, en funciones referentes a la Comisión, tendrán derecho al reconocimiento de viáticos y pasajes a que haya lugar, de acuerdo con los Decreto 10 de 1992 y 41 de 1993, según el caso, debiendo para cada comisión procederse a la elaboración de la respectiva disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 711 de 1993