Micelio

Artículo 3

Decreto 654 de 1954 · Que crea la cuota para fomento y defensa de la cebada nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La Oficina de Control de Cambios, para aceptar cualquier licencia de importación de cebada malteada o malta, exigirá el correspondiente recibo expedido por el Banco de la República, en que conste el pago de la cuota establecida en el artículo primero de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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