Calidades personales del gerente de la cartera colectiva. El gerente y su respectivo suplente se considerarán como administradores de la sociedad administradora con funciones exclusivamente vinculadas a la gestión de las carteras colectivas y deberán acreditar la experiencia específica en la categoría de cartera colectiva que va a administrar, Igualmente, deberán contar con la inscripción vigente en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores, RNPMV. La designación de estos funcionarios no exonera a la Junta Directiva de la responsabilidad prevista en el artículo 200 del Código de Comercio, o cualquier norma que lo modifique, sustituya o derogue, ni del cumplimiento de los deberes establecidos en las normas legales y en el presente decreto.
Decreto 2175 de 2007 →Vigente
Artículo 54
Calidades Personales Del Gerente De La Cartera Colectiva
Decreto 2175 de 2007 · por el cual se regula la administración y gestión de las carteras colectivas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.