Micelio

Artículo 5

º Contabilización, Liquidación Y Pago Del Impuesto De Remesas No Exigible

Decreto 3020 de 1989 · Por el cual se dictan normas para la exacta recaudación y administración de los tributos, se modifica el Decreto reglamentario 2579 de 1983 y se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario, en especial sus artículos 319 y 320.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Contabilización, liquidación y pago del impuesto de remesas no exigible. Cuando las utilidades comerciales se reinviertan de conformidad con este Decreto, el impuesto de remesas correspondiente a las utilidades reinvertidas se contabilizará como impuesto de remesas no exigible. Cuando dicho impuesto se haga exigible de acuerdo con lo dispuesto en las normas anteriores, deberá liquidarse en la declaración de renta del año gravable en que ocurra tal hecho y cancelarse dentro de los plazos fijados para el pago del impuesto sobre la renta de dicho año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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