Micelio

Artículo 29

Cuando La Junta Directiva Estime Necesaria Alguna Reforma De Los Presentes Estatutos, Se Aprobará Ésta En Dos Debates Que Habrán De Efectuarse En Sesiones Distintas Y Se Someterán Luego A La Aprobación Del Gobierno Nacional

Decreto 2122 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Nutrición

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la Junta Directiva estime necesaria alguna reforma de los presentes estatutos, se aprobará ésta en dos debates que habrán de efectuarse en sesiones distintas y se someterán luego a la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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