Art. 4.° Nómbrase 2.° Ayudante de la oficina de Cartago al señor Vicente Estrada y Ayudantes de las oficinas de Cali, Bolívar, Pasto, Ambalema Túquerres, Ipiales y Santander á los señores Carlos Muñoz, Manuel Holguín, Enrique Jordán, Norberto Cardona, Celso Benavídes, Julio Oviedo y Gustavo Bueno.
Decreto 810 de 1888 →Vigente
Artículo 4
Decreto 810 de 1888 · Por el cual se crean varias plazas, &c
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.