Micelio

Artículo 24

Ley 86 de 1886 · Sobre sueldos y asignaciones de los empleados nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 24. El sueldo anual de los empleados de este ramo será el que á continuación se expresa:

zipaquirá.

nemocón.

tausa.

sesquilé.

gachetá.

pinsaima y chaguaní.

cuerpo de celadores de las salinas de cundinamarca.

chita y muneque.

chámeza.

resguardo de las salinas de boyacá.

cumaral y upín.

resguardo de la salina de cumaral y upín.

camancha.

salinas marítimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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