° La comisión de que trata el artículo 30 del Decreto 2322 de 1965, podrá autorizar, en cada caso, que en lugar de la prórroga prevista en el ordinal f) del artículo 28 del mimo Decreto, se refinancie la obligación con un acreedor distinto, siempre que se reúnan los demás requisitos señalados en el citado artículo, y que los términos de la refinanciación permitan distribuir los pagos en la forma prevista en el ordinal f).
Artículo 2
La Comisión De Que Trata El Artículo 30 Del Decreto 2322 De 1965, Podrá Autorizar, En Cada Caso, Que En Lugar De La Prórroga Prevista En El Ordinal F) Del Artículo 28 Del Mimo Decreto, Se Refinancie La Obligación Con Un Acreedor Distinto, Siempre Que Se Reúnan Los Demás Requisitos Señalados En El Citado Artículo, Y Que Los Términos De La Refinanciación Permitan Distribuir Los Pagos En La Forma Prevista En El Ordinal F)
Decreto 3072 de 1965 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre registro de deudas en el mercado intermedio
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.