Micelio

Artículo 19

La Junta Directiva Elegirá Dentro De Sus Miembros Un Comité Ejecutivo Para El Cumplimiento De Los Estatutos, Acuerdos, Resoluciones Y Programas De La Federación

Decreto 836 de 1973 · Por el cual se reglamentan la constitución y el funcionamiento de las federaciones y asociaciones de Juntas de Acción Comunal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva elegirá dentro de sus miembros un comité ejecutivo para el cumplimiento de los estatutos, acuerdos, resoluciones y programas de la federación. El Comité Ejecutivo estará integrado por cinco miembros, quienes ejercerán, según lo determine el mismo comité, las funciones de presidente, vicepresidente y secretario de capacitación, organización y asistencia técnica. Los miembros del comité ejecutivo tomarán posesión de sus cargos ante el Gobernador, el Intendente, el Comisario o el Alcalde Mayor de Bogotá.

Parágrafo

El comité ejecutivo nombrará a un secretario, que lo será también en la Junta Directiva y del Congreso de Delegados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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