Las entidades privadas que otorguen certificados de calidad o que de otra manera den garantía distinta al sello oficial, deberán indicar claramente el carácter privado de dichos certificados o garantías. Además, deberán cumplir los requisitos que establecerá la Superintendencia de Industria y Comercio. Dichos requisitos deberán contemplar, por lo menos, los siguientes aspectos
Condiciones exigidas a la entidad que desea otorgar certificados o garantía de calidad.
Condiciones exigidas al fabricante del producto.
Condiciones relativas al empleo de certificados o garantías de calidad.
Requisitos mínimos para el otorgamiento de los certificados de garantía de calidad.
Causales de suspensión de los certificados o garantía de calidad.