°. Tratamiento de la deducción por inversión en activos fijos reales productivos, en cabeza de los socios o accionistas . Para las utilidades comerciales obtenidas por el año gravable 2007 y siguientes, cuando la sociedad utilice la deducción por inversión en activos fijos reales productivos a que se refiere el artículo 158-3 del Estatuto Tributario tal como fue modificado por el artículo 8° de la Ley 1111 de 2006, se adicionará al valor obtenido de conformidad con lo previsto en el numeral 1 o en el
del artículo 49 del mismo Estatuto, el monto de dicha deducción.