Corresponde a la Sala de Gobierno:
1º Expedir el reglamento para el régimen interior de la Corte y de las Salas, el reparto de los negocios y el arreglo de las Secretarias.
2º Despachar los asuntos que estén atribuidos a la Corte y que no sean de carácter judicial, ni correspondan a la corporación en pleno o a las Salas de Justicia.
3º Dar los informen es que sobre la administración de justicia le pidan las Cámaras Legislativas, el Gobierno, o el Procurador General de la Nación.
4º Dar cuenta al Gobierno de las dudas, vacíos, contradicciones e inconvenientes que vaya notando en la aplicación de las leyes, y proponer lo que considere necesario y conveniente en lo relativo a estos asuntos.
5º Oir las quejas que se den por el Procurador General o por los particulares relativas a demoras de las Salas en el despacho de los negocios; y
6º Las demás funciones que se les señalen por este Código o por otras leyes.