°. Administración del Fondo . El FOES será administrado por el Ministerio de Minas y Energía. El Ministerio de Minas y Energía como administrador del FOES desarrollará las siguientes funciones
Emitir las directrices sobre la administración y manejo de los recursos del FOES de conformidad con lo previsto en la Ley y en este Decreto;
Velar por el adecuado y oportuno recaudo y utilización de los recursos del FOES para el cumplimiento de su objeto, sin perjuicio de las funciones asignadas a los órganos de control y vigilancia;
Solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la actualización del Registro de Areas Especiales;
Publicar mensualmente en la página “web” de la entidad la distribución de los recursos del FOES por cada Comercializador de Energía Eléctrica;
Distribuir y transferir los recursos del FOES entre los Comercializadores de Energía Eléctrica que atiendan Areas Especiales.