º Los fondos que ingresen á la Caja de Recompensas serán colocados inmediatamente á interés en cuenta corriente en uno de los Bancos de esta capital.
Decreto 26 de 1906 →Vigente
Artículo 8
º Los Fondos Que Ingresen Á La Caja De Recompensas Serán Colocados Inmediatamente Á Interés En Cuenta Corriente En Uno De Los Bancos De Esta Capital
Decreto 26 de 1906 · Por el cual se estable la Caja de Recompensas para los empleados de los Ramos postal y telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.