° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas: CAPITULO 59 Del artículo 395. Para la carretera Páramo- Barbacoas $ 4,500 CAPITULO 62 Del artículo 461. Para gastos extraordinarios del Ministerio y para atender al pago de medios sueldos por enfermedad comprobada 2,000 CAPITULO 55 Al artículo 348. Para muebles, útiles de escritorio y demás gastos del Ministerio 2,000 CAPITULO 59 Al artículo 410. Para completar los estudios y proyectos de todas las carreteras de que trata la Ley 88 de 1931 4,500 Sumas iguales $ 6,50 6, 500.
Decreto 2679 de 1936 →Vigente
Artículo 2
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas: Capitulo 59 Del Artículo 395
Decreto 2679 de 1936 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.