° El Gobierno asimilará igualmente á militares, para los efectos del sueldo, á los Médicos de las guarniciones del Ejercito, teniendo en cuenta el número de individuos que haya en ellas y las condiciones climatéricas de las localidades respectivas.
Ley 39 de 1896 →Vigente
Artículo 6
Ley 39 de 1896 · Sobre asignaciones, pasaportes y otros gastos militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.