Micelio

Artículo 2

Ley 83 de 1935 · Por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno y se adicionan la Ley 29 de 1931 y el Título XXV del Libro II, del Código Judicial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales podrá establecer bajo su inmediata administración o por medio de contratos celebrados de acuerdo con el artículo 9º y 10 de la Ley 29 de 1931 , servicios de transportes automotores para conectar sus líneas férreas, o para unir las estaciones terminales de los ferrocarriles que administra con centros comerciales, agrícolas e industriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1935