Micelio

Artículo 40

Ley 20 de 1975 · Por la cual se modifican y adicionan las normas orgánicas de la Contraloría General de la República, se fijan sistemas y directrices para el ejercicio del control fiscal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como complemento de las cuentas públicas generales de la Nación, la Contraloría General a partir del 1º. de enero de 1975 elaborará y publicará la estadística fiscal del Estado. Para cumplir esa labor se establecerá en la Contraloría una sección o unidad de trabajo especial. En el Presupuesto Nacional se incluirán las apropiaciones necesarias para la dotación de personal, equipos de oficina y materiales de tal sección. Parágrafo. El Contralor General establecerá una metodología de trabajo tendiente a que puedan ser publicados dentro de un mismo año, el informe y el anuario de estadística fiscal correspondientes a una misma vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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