Micelio

Artículo 31

Funciones De La Subdirección De Gestión Ambiental

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Gestión Ambiental . Son funciones de la Subdirección de Gestión Ambiental, las siguientes

1.

Formular y/o apoyar en el diseño y seguimiento y/o evaluación de políticas, pla­nes, programas y proyectos en los temas referentes a la gestión ambiental que incluyen la gestión de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos, la gestión ambiental sectorial, la gestión integral del recurso hídrico, la salud ambiental y el crecimiento verde, entre otros, en coordinación con los organismos y entidades competentes.

2.

Realizar estudios, metodologías, modelos, indicadores, análisis, diagnósticos, herramientas de información y/u otros instrumentos en los temas de gestión am­biental, en el marco de sus competencias.

3.

Elaborar insumos para la incorporación de criterios de gestión ambiental, formu­lados por las entidades competentes, en la planificación y toma de decisiones de política sectorial y en las políticas, planes, programas y proyectos con énfasis en convergencia regional, ordenamiento territorial y articulación entre niveles de gobierno.

4.

Realizar el control posterior de viabilidad de los proyectos de inversión que ten­gan relación con los temas de su competencia.

5.

Apoyar, evaluar y dar sugerencias en la formulación del marco normativo y re­gulatorio que compete al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relativo a la gestión ambiental.

6.

Analizar, proponer y/o diseñar mecanismos para mejorar la sostenibilidad finan­ciera de la gestión ambiental en coordinación con los organismos y entidades competentes.

7.

Brindar apoyo técnico a las entidades públicas del sistema nacional ambiental, en las gestiones de financiamiento externo e interno relacionadas con los planes, programas y proyectos en los temas de su competencia.

8.

Apoyar y acompañar a las entidades públicas competentes, en su participación en el marco de los convenios internacionales relacionados con la gestión ambiental.

9.

Apoyar el uso de información ambiental en la toma de decisiones de política pública, en coordinación con las demás direcciones técnicas del DNP y los orga­nismos y entidades competentes.

10.

Representar al Director General Departamento Nacional de Planeación, o al Di­rector de Ambiente y Desarrollo Sostenible en reuniones, consejos, juntas, comi­tés y/o comisiones, que este le delegue o señale; y participar en aquellos en los cuales forme parte.

11.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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