Micelio

Artículo 5

El Instituto Nacional De Salud Contará Con Un Comité Técnico, Integrado De La Siguiente Manera: A) El Director Del Ministerio De Salud Pública Quien Lo Presidirá

Decreto 643 de 1961 · Por el cual se organiza el instituto nacional de salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Instituto Nacional de Salud contará con un Comité Técnico, integrado de la siguiente manera

a)

El Director del Ministerio de Salud Pública quien lo presidirá.

b)

El Jefe de la Rama Técnica del Ministerio de Salud Pública.

c)

El Director del instituto Nacional de Salud.

d)

El Subdirector del Instituto.

e)

El jefe de la Subdivisión de Producción de Vacunas.

f)

El Jefe de la Subdivisión de investigación Epidemiológica.

g)

El Jefe de la Subdivisión de Química.

h)

El jefe de la Subdivisión de Drogas, Alimentos y Cosméticos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 643 de 1961