Si los hechos materia del proceso disciplinario fueren constitutivos de delito perseguible de oficio. se ordenará ponerlos en conocimiento del Juez competente, acompañándole copia autorizada de lo necesario. La existencia de un proceso penal sobre los mismos hechos no dará lugar a suspensión de la actuación disciplinaria.
Decreto 320 de 1970 →Vigente
Artículo 65
Si Los Hechos Materia Del Proceso Disciplinario Fueren Constitutivos De Delito Perseguible De Oficio
Decreto 320 de 1970 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.