Micelio

Artículo 1

Ley 72 de 1963 · por la cual se ordena la construcción, dotación y sostenimiento de dos colegios de bachillerato para varones, uno en la ciudad de El Carmen y otro en la ciudad de Majagual (Departamento de Bolívar).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación procederá a construír en las ciudades de El Carmen y Majagual (Departamento de Bolívar), dentro del perímetro urbano, sendos edificios con todas las condiciones que la técnica moderna en el ramo pedagógico indique, destinados al funcionamiento de colegios de bachillerato para varones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1963