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Artículo 2

Queda Autorizada Por Medio Del Presente Decreto La Administración Del Terminal Marítimo De Buenaventura Para Entregar Un Millón De Pesos ($ 1

Decreto 29 de 1957 · Por el cual se toman algunas medidas sobre reconstrucción, ampliación y administración del acueducto de Buenaventura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Queda autorizada por medio del presente Decreto la Administración del Terminal Marítimo de Buenaventura para entregar un millón de pesos ($ 1.000.000.00) anuales, durante los años de 1957, 1958 y 1959, a la Corporación Nacional de Servicios Públicos, de los recaudos que perciba por concepto de los servicios que se prestan en el Terminal y con destino a la reconstrucción y ampliación del acueducto de Buenaventura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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