° El Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad cumplirá en la materia, las siguientes funciones
Asesorar al Gobierno Nacional en la formulación de la política.
Rendir concepto sobre los proyectos de ley, de decreto o resolución que el Gobierno o uno de sus integrantes sometan a su consideración.
Estudiar y evaluar los planes y programas que ha de ejecutar el Gobierno Nacional.
Coordinar la actividad de los organismos públicos o privados de carácter nacional, departamental o municipal que cumplen funciones relacionadas con el desarrollo de la comunidad o complementarias al mismo.
Establecer, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, los criterios generales que han de guiar la inversión de los recursos del Estado en programa de desarrollo de la comunidad.
Recomendar a los organismos competentes la consecución de la asistencia técnica y financiera que considere necesaria para la formulación y ejecución de planes y programas.
Recomendar al Gobierno las medidas administrativas que juzgue convenientes para la más eficaz y económica ejecución de los programas adoptados.