Micelio

Artículo 4

Apoyo Del Ministerio De Justicia Y Del Derecho Al Secretario Ejecutivo Para La Puesta En Funcionamiento De La Jurisdicción Especial Para La Paz

Decreto 1592 de 2017 · Por el cual se dictan disposiciones transitorias para la puesta en funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Apoyo del Ministerio de Justicia y del Derecho al Secretario Ejecutivo para la puesta en funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para la oportuna puesta en funcionamiento de la JEP y el efectivo cumplimiento de las obligaciones derivadas del Acuerdo Especial, el Ministerio de Justicia y del Derecho en el marco de sus competencias prestará apoyo al Secretario Ejecutivo de la JEP, en el cumplimiento de las siguientes funciones

1.

Coordinar la formulación del plan de creación y puesta en funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como el cronograma previsto para que esta pueda entrar en funcionamiento de manera oportuna, así como realizar, a la mayor brevedad posible, las recomendaciones pertinentes.

2.

Impulsar la adopción de las decisiones y medidas necesarias para asegurar que la Sala de Amnistía e Indulto y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas puedan cumplir sus funciones desde la posesión de sus funcionarios.

3.

Coordinar y promover las decisiones y las medidas necesarias para que todos los órganos de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como los magistrados y fiscales de la misma, puedan entrar a funcionar de manera oportuna.

4.

Adelantar la coordinación necesaria con los órganos, que según el Acto legislati­vo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz, deban presentar informes a la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas, de tal forma que estos puedan presentarles tales informes de manera oportuna.

5.

Adelantar las acciones necesarias para que la Jurisdicción Especial para la Paz cuente con la capacidad institucional necesaria para el ejercicio de sus competen­cias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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