En consideración al sentimiento popular y a la inclinación especial de los vecinos de Cajibío al arte musical, se contratarán los servicios de un reconocido profesor de música, que se encargue de la enseñanza de la materia en la Escuela a que se refiere el artículo anterior.
Ley 50 de 1965 →Vigente
Artículo 2
Ley 50 de 1965 · Por la cual se ordena la creación de una Escuela de Artes y Oficios en Cajibío (Cauca)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.