Micelio

Artículo 4

El Pago De La Reposición De Los Gastos De La Campaña De Los Candidatos Se Hará Directamente Al Candidato A La Alcaldía O A La Cabeza De Lista Si Se Trata De Votos Para Corporación Pública

Decreto 363 de 1992 · por el cual se reglamenta el inciso segundo del artículo octavo de la ley 2ª de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El pago de la reposición de los gastos de la campaña de los candidatos se hará directamente al candidato a la alcaldía o a la cabeza de lista si se trata de votos para corporación pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 363 de 1992