Los que sin pretender el cambio violento del régimen constitucional existente y sin desconocer la autoridad de los Poderes del Estado, se alzaren en armas para impedir el cumplimiento de alguna sentencia, ley, decreto o providencia obligatoria, o para deponer a alguno de los funcionarios o empleados públicos, o para arrancarles alguna medida o concesión, o en general, para impedir en cualquier forma el libre funcionamiento del régimen constitucional o legal vigentes, están sujetos a arresto de seis meses a tres años, y a la multa de cien a dos mil pesos, si han actuado como cabecillas o dirigentes del movimiento.
Los que simplemente tomen parte en él, están sujetos a la mitad de las sanciones indicadas.