Micelio

Artículo 4

Decreto 350 de 1960 · Por el cual se organiza la Escuela Superior de Administración Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Consejo Directivo estará integrado por seis (6) Consejeros así

a)

Los miembros de la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina;

b)

Un Consejero nombrado por el Presidente de la Republica y escogido de la terna de Rectores universitarios presentada por la Asociación Colombiana de Universidades;

c)

Un Consejero designado libremente por el Presidente de la Republica.

Parágrafo

En las reuniones del Consejo Directivo tendrán voz pero no voto el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil, y el Director de la Escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 350 de 1960