Para agregar o segregar términos municipales correspondientes a un mismo Departamento, deben llenarse las siguientes condiciones:
Petición motivada hecha a la Asamblea Departamental por los Concejos Municipales respectivos, y por la mitad, por lo menos, de los ciudadanos de la región que se trata de segregar;
Estudio de los límites por el Ingeniero Catastral competente, asistido por los Personeros de los Municipios interesados y por el Gobernador o su representante. En el caso de que alguno de los Personeros Municipales se negare a asistir a ese estudio, la diligencia será válida con la constancia de habérsele citado personalmente en la debida oportunidad, y
Informe del Gobernador.
Es entendido que los Municipios que sufran segregación deberán quedar con los requisitos exigidos por las leyes vigentes, para creación de nuevos Municipios, en cuanto a población y rentas municipales se refiere,