Micelio

Artículo 1

Decreto 3242 de 1983 · Por medio del cual se crea una Comisión Asesora.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase una comisión asesora de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica CORELCA, en los aspectos financieros e institucionales del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá que estará integrada por los siguientes funcionarios: - El Ministro de Minas y Energía o su Delegado. - El Secretario General de la Presidencia de la República. - El Jefe del Departamento Nacional de Planeación. - El Gerente General de Interconexión Eléctrica S. A. ISA. - El Presidente de la Financiera Eléctrica Nacional FEN. - El Director General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo

L a Comisión será presidida por el Ministro de Minas y Energía y en ausencia de éste, por cualquiera de los funcionarios integrantes en el orden de prelación señalado en el presente Decreto. Actuará como Secretario de la Comisión, el Director del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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