Micelio

Artículo 96

Decreto 1156 de 1999 · por el cual se modifican la estructura, el régimen de competencias interno y el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cierre de inscripciones . Las inscripciones se cerrarán una hora antes de terminarsela jornada laboral del último día previsto para esta etapa del proceso. El jefe de Selección y Carrera verificará que el registro corresponda a una numeración continua y que haya sido debidamente diligenciado el formato correspondiente, el cual cerrará con su firma. Cuando la inscripción se realice en sede territorial diferente a Santa Fe de Bogotá D.C., la anterior actuación será realizada por el Procurador Regional, Distrital o Provincial, según el caso. Copia de este registro será fijado ese mismo día, antes de la finalización de la jornada laboral, en lugar visible al público en la Oficina de Selección y Carrera o en la Secretaría de la Procuraduría Regional, Distrital o Provincial, sede territorial del empleo, en donde permanecerá hasta la fecha en que se publique la lista de admitidos y no admitidos al concurso. Terminada la etapa de inscripción, los Procuradores Regionales, Distritales y Provinciales elaborarán un acta anexando fotocopia de los formatos de recepción de inscripción, que se deberá enviar, acompañada de los documentos presentados por los aspirantes, a la Oficina de Selección y Carrera, a más tardar el día hábil siguiente al cierre de las inscripciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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