Micelio

Artículo 1

Ley 9 de 1973 · por la cual se reviste al Presidente de la República de Facultades extraordinarias para reorganizar el Sistema Nacional de Salud y el Ministerio de Salud Pública y se dictan otras disposiciones pertinentes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entiéndese por Sistema Nacional de Salud el comprendido por el Decreto número 2470 de 1968 (Título I: Capítulos I y II; Título II: Capítulo I) y estatuído conforme al ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió al Gobierno Nacional la Ley 65 de 1967 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1973