Artículo único. De los fondos no distribuidos del artículo 919, Capítulo 91 del Presupuesto de la actual vigencia, destínase la suma de $ 7.900.00 para atender al pago de los siguientes servicios de la Escuela Normal Universitaria, no comprendidos en el Decreto número 447 de 1951 Mensual Total Para atender en los meses de febrero a noviembre inclusive del presente año, al pago de ocho becas de alumnos de tercero y cuarto años, a razón de $ 95.00 cada una $ 760.00 7.600.00 Para atender durante los meses de febrero a noviembre, inclusive, del presente año, al mayor valor de 3 becas fijadas por el Decreto número 447 de l951 para alumnos de primero y segundo años, a razón de S 85.00 cada uno, y que fueron adjudicadas para alumnos de tercero y cuarto años, correspondiéndoles una asignación mensual de $ 95.00 para cada uno 30.00 300.00 Totales $ 790.00 7.900.00
Queda en estos términos adicionado el Decreto número 447 de 1951. Comuníquese y publíquese.