PRESENTACIÓN Y REPORTE DE LA INFORMACIÓN Mediante el presente acto administrativo se establecen los requisitos mínimos para la presentación, a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros (SIRFIN), de la información que deberán remitir las sociedades comerciales y sucursales de sociedades extranjeras que comercialicen sus productos o servicios en red o a través del mercadeo multinivel, junto con el documento adicional previsto en el numeral 1.3 de la presente circular. Para tal efecto, las sociedades señaladas en el presente capítulo deberán seleccionar el siguiente punto de entrada: Taxonomía 90 - Información de Régimen Especial (IRE) Punto de entrada 10 – Multinivel
Artículo 1.1
Circular 100-000021 de 2026 · Circular Externa 100-000021 de 14 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.