Micelio

Artículo 27

Funciones

Decreto 2829 de 1974 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Son funciones del Gerente

a)

Llevar la representación legal de la Zona;

b)

Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva;

c)

Dirigir, coordinar, organizar, controlar y vigilar el personal de la organización y la ejecución de las funciones o programas de ésta, y suscribir como su representante legal, los actos y contratos que para tales fines deben celebrarse, conforme a las disposiciones pertinentes y los presentes estatutos. Cuando la cuantía de éstos fuere superior a cien mil pesos ($ 100.000.00) o plazo mayor de un año, se requerirá la autorización o aprobación de la Junta Directiva;

d)

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que rigen para la Zona Franca, de conformidad con los presentes estatutos;

e)

Elaborar y presentar ante la Junta Directiva el programa anual de labores de la entidad y los proyectos específicos que ésta solicite y que él considere conveniente y ejecutar los que la Junta Directiva apruebe;

f)

Proponer a la Junta Directiva la planta de personal de la Zona Franca, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes sobre la materia;

g)

Nombrar y remover el personal al servicio de la Zona Franca, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias, estatutarias y de la Junta sobre la materia;

h)

Someter el proyecto de presupuesto anual de ingresos, inversiones y gastos al estudio y aprobación de la Junta Directiva y presentarlo a la Oficina de Planeación del Ministerio de Desarrollo Económico y a la Dirección General del Presupuesto;

i)

Proponer a la Junta Directiva los traslados presupuestales que las necesidades y la buena marcha administrativa de la Zona Franca aconsejen;

j)

Ordenar y vigilar la ejecución del presupuesto de la institución;

k)

Presentar anualmente al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Desarrollo Económico y después de su aprobación por la Junta Directiva, el balance general y un informe sobre el estado general de la entidad y las labores cumplidas en el período; 1) Presentar a la Junta Directiva, los balances mensuales y los informes adicionales que ella solicite; m) Rendir informe a las oficinas de Planeación del Ministerio de Desarrollo Económico, sobre la ejecución de las programas de la Zona; n) Representar las acciones que posea la Zona Franca en cualquier sociedad de economía mixta; o) Constituir mandatarios que representen a la Zona Franca en asuntos judiciales y extrajudiciales; p) Velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la Zona; q) Convocar a la Junta Directiva a sesiones extraordinarias cuanto lo estime conveniente; r) Tramitar, de conformidad con las disposiciones legales pertinentes, lo relacionado con el otorgamiento de comisiones al exterior de los empleados de la entidad; s) Las demás que se relacionen con la organización y funcionamiento de la Zona Franca y que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad.

Parágrafo

El Gerente podrá delegar en otros funcionarios de la Zona Franca, conforme a las autorizaciones de la Junta Directiva, atribuciones de las que le corresponden.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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