Elección del Gobernador. Para ser elegido Gobernador del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se requiere, además de las determinadas por la ley, haber nacido en el territorio del departamento o ser residente del departamento conforme a sus normas de control de densidad poblacional y tener domicilio en el mismo por más de diez (10) años, cumplidos con anterioridad a la fecha de elección.
Su régimen de incompatibilidades e inhabilidades serán los terminados por la ley.
Del régimen presupuestal, fiscal y aduanero.