Micelio

Artículo 277

Para La Construcción Del Edificio Para El Funcionamiento Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi", En Cumplimiento Del Decreto Legislativo Número 2608 De 3 De Agosto De 1950, En El Lote De La Ciudad Universitaria, De Que Trata El Contrato De Octubre 19 De 1950, Celebrado Entre El Gobierno Nacional Y La Universidad Nacional $ 110

Decreto 1352 de 1953 · Por el cual se concede un auxilio y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración y otros. CAPITULO 32 Catastro Nacional. Del artículo 277. Para la construcción del edificio para el funcionamiento del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en cumplimiento del Decreto legislativo número 2608 de 3 de agosto de 1950, en el lote de la ciudad Universitaria, de que trata el contrato de octubre 19 de 1950, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional $ 110.000.00 Suman los contracréditos $ 110.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 30 Ministerio. Al artículo 260-A. Para sueldos y honorarios de miembros y empleados de la Comisión de Administración Pública, de conformidad con los Decretos 657 y 771 de 1953 $ 90.000.00 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 104 Auxilios. Departamento de Cundinamarca. Al artículo 1516-A. Para auxiliar al Colegio "Carlos Giraldo Urdaneta", que funciona en Tocaima, Cundinamarca, de conformidad con el Decreto extraordinario número . . . . . . de 1953 20.000.00 Suman los créditos $ 110.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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