Micelio

Artículo 1

Los Gobernadores Promoverán Y Coordinarán La Ejecución De Los Planes Y Programas Que Hayan De Cumplirse En Los Departamentos Por Las Oficinas O Dependencias De La Administración Nacional

Decreto 84 de 1976 · Por el cual se ordena la participación de los Gobernadores en la prestación de los servicios administrativos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Gobernadores promoverán y coordinarán la ejecución de los planes y programas que hayan de cumplirse en los Departamentos por las oficinas o dependencias de la Administración Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 84 de 1976