Micelio

Artículo 8

El Director De La Seguridad Social Es Competente Para: 1

Decreto 1096 de 1991 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Director de la Seguridad Social es competente para

1.

Estudiar y aprobar los sistemas de afiliación de las entidades de previsión y seguridad social.

2.

Resolver los recursos interpuestos contra las providencias proferidas por los directores regionales, respecto del permiso a la empresa como aseguradora de sus trabajadores.

3.

Resolver los recursos interpuestos contra las providencias proferidas por los subdirectores del área de seguridad social y por los Directores Regionales en materia de Seguridad Social.

4.

Las demás que les sean asignadas por ley, decreto o reglamento, o delegadas por el Ministro. SUBDIRECCION DE PRESTACIONES ECONOMICAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1096 de 1991