Micelio

Artículo 40

Las Autoridades Civiles Y Militares Tienen El Deber De Obligar A Aterrizar O Acuatizar A Las Aeronaves Que Sin Haber Obtenido Previamente Permiso Para Ello Vuelen Sobre Las Fronteras, Las Aguas Territoriales Y Las Zonas Prohibidas O Que Se Prohíban

Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades civiles y militares tienen el deber de obligar a aterrizar o acuatizar a las aeronaves que sin haber obtenido previamente permiso para ello vuelen sobre las fronteras, las aguas territoriales y las zonas prohibidas o que se prohíban.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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